Código de Conducta

Los bienes propiedad de Lacera, incluyendo sus instalaciones, productos, maquinaria, herramientas, dinero, vehículos y demás recursos, no pueden ser utilizados para fines personales sin consentimiento expreso de la persona responsable. Los medios electrónicos de Lacera o de cualquiera de sus clientes en el que se esté desarrollando servicios por parte del Personal, incluyendo internet, correo electrónico, teléfonos y servicios de fax, no deben ser usados para ningún fin personal. Debemos tener en cuenta que acciones como el robo, daño, uso inadecuado y abuso de los bienes de Lacera, o de la empresa cliente donde se esté desarrollando el trabajo, incluidos los daños informáticos , pueden derivar en acciones disciplinarias. 3. La información contable en los registros será completa, precisa y veraz. Ningún profesional ocultará o distorsionará información contable. El control y la auditoría contable garantizan la adecuación de la gestión a la legalidad vigente y no permite la posibilidad de alzamiento de bienes en la organización ni cualquier otra insolvencia punible. 4. Todo el personal de Lacera, en el desarrollo de sus funciones en el ámbito laboral, se compromete con la protección intelectual e industrial respetando derechos de patentes, marcas, nombres de dominios, derechos de reproducción, diseños, software, o cualquier otro derecho, evitando la colisión con derechos de terceros. 5. El personal de Lacera se compromete frente a la corrupción en los negocios, ya sea en el ámbito privado o público, trabajando desde el principio de integridad. También perseguimos el cohecho y la malversación. Por tanto, nos comprometemos a no recibir, solicitar, aceptar, prometer, ofrecer o conceder cualquier regalo, beneficio o ventaja no justificados de cualquier naturaleza proveniente de cualquier persona o entidad pública o privada , para sí, para Lacera o para cualquier tercero como contraprestación para favorecer indebidamente así mismo, a la empresa o a una tercera parte en la adquisición o venta de mercancías, contratación de servicios o relaciones comerciales. 15

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